GAVELS ABOGADOS consigue que se admita la intervención voluntaria de una mercantil tácitamente en un proceso cambiario contra un famoso torero.
La solicitud de intervención voluntaria de la mercantil se llevó a efecto tras llevarse a cabo el acto de juicio y antes de dictarse sentencia.
El Juzgado de Primera Instancia no resolvió expresamente sobre la solicitud de intervención voluntaria, si bien en la propia sentencia, a pesar de no recogerse expresamente la intervención de esta mercantil en los antecedentes de hecho, reconoció su cualidad de parte procesal en el proceso cambiario al incorporar a la mercantil como parte procesal la parte superior izquierda de la sentencia en donde se especifica a las partes intervinientes y a sus respectivos procuradores.
La sentencia de dictada en primera instancia fue recurrida por el torero demandado, si bien la Audiencia Provincial de Madrid, al recibir las actuaciones, puso de manifiesto que el juzgado de primera instancia no había resuelto expresamente sobre la intervención provocada por lo que entendió que no debía admitirse la intervención voluntaria de la mercantil. Contra la decisión de la Audiencia Provincial de excluir la intervención de la mercantil en el procedimiento GAVELS ABOGADOS interpuso el correspondiente recurso fundamentándose en que la sentencia de primera instancia admitió tácitamente la intervención voluntaria de la mercantil al identificarla como parte procesal en la descripción de las partes que efectúa la sentencia. El recurso interpuesto por GAVELS ABOGADOS fue estimado íntegramente por la Audiencia Provincial.