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Intervención Provocada
GAVELS ABOGADOS consigue que se
admita la intervención voluntaria de una mercantil tácitamente en un proceso
cambiario contra un famoso torero.
La solicitud de intervención
voluntaria de la mercantil se llevó a efecto tras llevarse a cabo el acto de
juicio y antes de dictarse sentencia.
El Juzgado de Primera Instancia
no resolvió expresamente sobre la solicitud de intervención voluntaria, si bien
en la propia sentencia, a pesar de no recogerse expresamente la intervención de
esta mercantil en los antecedentes de hecho, reconoció su cualidad de parte
procesal en el proceso cambiario al incorporar a la mercantil como parte
procesal la parte superior izquierda de la sentencia en donde se especifica a
las partes intervinientes y a sus respectivos procuradores.
La sentencia de dictada en
primera instancia fue recurrida por el torero demandado, si bien la Audiencia
Provincial de Madrid, al recibir las actuaciones, puso de manifiesto que el
juzgado de primera instancia no había resuelto expresamente sobre la
intervención provocada por lo que entendió que no debía admitirse la
intervención voluntaria de la mercantil. Contra la decisión de la Audiencia
Provincial de excluir la intervención de la mercantil en el procedimiento
GAVELS ABOGADOS interpuso el correspondiente recurso fundamentándose en que la
sentencia de primera instancia admitió tácitamente la intervención voluntaria
de la mercantil al identificarla como parte procesal en la descripción de las
partes que efectúa la sentencia. El recurso interpuesto por GAVELS ABOGADOS fue
estimado íntegramente por la Audiencia Provincial.